La DGT pone en marcha el Registro Nacional de Vehículos Personales Ligeros
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha un registro obligatorio para los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal (VMP), como paso previo para poder contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio.
Y es que carecer del seguro será sancionado con entre 202 y 610 euros y circular con un VMP sin seguro, con entre 250 y 800 euros en función de si es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor.
Todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores), tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la sede electrónica de la DGT como paso previo a su aseguramiento obligatorio.
Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) son vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h. Para poder circular, los VMP deberán contar con el certificado de inscripción en el Registro de vehículos personales ligeros y portar la etiqueta identificativa.
En la actualidad, circulan dos tipos de vehículos de movilidad personal:
• VMP que cuentan con el certificado de circulación: Estos vehículos cumplen los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas, así como de seguridad tanto para el usuario de este como para la del resto de usuarios de la vía.
Desde el 22 de enero de 2024 solo se puede comercializar este tipo de VMP y en la web de DGT el ciudadano puede consultar las marcas y modelos certificados.
Los modelos certificados incorporan una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible tal y como se muestra en la siguiente imagen:

• VMP que no tienen el certificado de circulación: Son VMP que no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características y, por tanto, no tienen placa de marcaje de fábrica. A este tipo de vehículos se les aplica un régimen transitorio que les permite continuar circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque carezcan del certificado de circulación, pero también tienen que ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el seguro obligatorio.
Para registrar un patinete eléctrico, los interesados debenacceder a la web oficial de la DGT, cuya dirección electrónica es sede.dgt.gob.es.

