La Junta publica un nuevo decreto para regular los campings, áreas de autocaravanas y zonas de acampada
Área de Autocaravanas de Orellana la Vieja
El Diario Oficial de Extremadura publica este lunes el nuevo decreto que regula los campamentos de turismo, las zonas de acampada de titularidad pública, las áreas de autocaravanas y los establecimientos singulares.
Este decreto sustituye al anterior, vigente desde 1999, con el objetivo de adecuar la regulación a los nuevos modelos de viaje, simplificar los trámites administrativos y fomentar un turismo más sostenible, flexible y competitivo.
Entre los principales cambios destaca la eliminación del antiguo régimen de autorizaciones. En su lugar, bastará con presentar una declaración previa de instalación y una declaración responsable de inicio de actividad para operar legalmente.
Además, se redefine la tipología de establecimientos turísticos en el ámbito del campismo. A partir de ahora, se reconocen los Campamentos de Turismo, las Zonas de Acampada de titularidad pública y las Áreas de Autocaravanas.
En cuanto a los campings, el nuevo decreto también introduce mejoras sustanciales en el periodo máximo de estancia temporal. Un asunto que afectará de lleno al Camping y la zona de Autocaravanas de Orellana la Vieja. En concreto, la estancia temporal máxima pasa de 6 a 11 meses al año y se permite, además, la construcción de edificaciones en planta baja más uno, lo que supone una mayor versatilidad en el diseño de las instalaciones, anteriormente limitado a edificaciones de planta baja.
La superficie total del camping deberá reservar un 25% para zonas comunes, verdes, deportivas o de circulación interna, mientras que el área de acampada no podrá destinar más del 50% a elementos semimóviles como bungalows. Este aspecto no estaba expresamente regulado en el anterior decreto, lo que implica una revisión en los criterios de ordenación, “más alineados con un modelo de turismo sostenible”, según destaca la Junta.

