Guía de ayudas, prestaciones y subvenciones para paliar los efectos de la crisis del coronavirus

La Junta de Extremadura aprobaba ayer un programa de ayudas para dar respuesta a las personas que residen en régimen de alquiler y se han visto afectadas por la crisis provocada por el Covid-19. “Se trata de minimizar el impacto económico y social que la pandemia está causando en arrendatarios de vivienda habitual”, según el ejecutivo extremeño. Pero no es la única ayuda, subvención o prestación que sale durante estos días. Toda la información que aquí se expone podrán consultarla o ampliarla en el SEXPE.

Programa de ayudas al alquiler para personas afectadas por la crisis del coronavirus

Con la orden publicada este lunes pasado en el Diario Oficial de Extremadura, se pretende solventar las situaciones de vulnerabilidad en el pago del alquiler por la expansión del Covid-19 y ayudar a personas con problemas transitorios causados por pérdida de empleos, reducción de jornadas y, por lo tanto, con una disminución o desaparición de sus ingresos.

La medida consistirá en otorgar ayudas directas durante 6 meses que servirán para sufragar el pago completo del alquiler con una cantidad máxima de 600 euros mensuales. Este programa de ayudas cuenta, inicialmente, con un presupuesto de 2.3 millones de euros que se podrá ampliar.

Podrán beneficiarse de las ayudas de este programa las personas físicas que, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual cumplan cuatro requisitos. El primero es que, como consecuencia de la crisis del Covid-19, el inquilino de la vivienda haya pasado a estar en desempleo, sufrido un ERTE o, en el caso de que el arrendatario sea un empresario, que haya tenido una pérdida de ingresos del 40% debido a la reducción de la jornada de trabajo por motivo de cuidados u otras circunstancias.

El segundo requisito es que la unidad familiar no debe ingresar más de 1.613 euros brutos al mes (3 veces el IPREM); 2.151 euros (4 veces el IPREM) si la unidad familiar cuenta con un miembro con discapacidad igual o superior al 33%; o 2.689 euros (5 veces el IPREM), si en la unidad familiar hay una persona con discapacidad igual o superior al 65% o enfermedad grave. Estas cantidades se incrementarán por 0,1 por cada hijo o persona mayor de 65 años a su cargo y se añadirá 0,15 por cada hijo en unidad familiar monoparental.

Como tercer requisito la renta del alquiler (incluyendo los gastos y suministros básicos) debe ser igual o superior al 35% de los ingresos totales de la unidad familiar. Y, por último, el beneficiario de la ayuda no debe ser titular de ninguna vivienda.

Subsidio Extraordinario empleadas hogar

Estando en situación  de alta antes la entrada en vigor del estado de alarma, se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: Hayan dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, a fin de reducir el riesgo de contagio, por causas ajenas a su voluntad, en uno o varios domicilios  con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19. O se haya extinguido su contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad de la persona trabajadora y esta extinción se debe a la crisis sanitaria del COVID-19

ENLACE: https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/subsidio-extraordinario-personas-empleadas-hogar.html

Subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal

De duración de al menos 2 meses que se hubiese extinguido tras la declaración del estado de alarma y que no alcancen periodo de cotización mínimo para percibir prestación por desempleo: 80% del Iprem, estableciendo requisitos de acceso en función de la situación de rentas del hogar familiar.

ENLACE: http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/subsidio-excepcional-fin-contrato-temporal.html

Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social

6 meses, sin interés, a empresas y trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social. afectará al pago de sus cotizaciones y por conceptos de recaudación conjunta, cuyo período de devengo, en el caso de las empresas esté comprendido entre los meses de abril y junio de 2020 y, en el caso de los trabajadores por cuenta propia entre mayo y julio de 2020.

ENLACE: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7/ed13c2a7-72fb-4831-83b5-7c597923e568/5e520087-dc2f-4375-9221-43a9fdb62658

Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social

Empresas y trabajadores por cuenta propia, siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar aplazamiento en el pago de sus deudas con la Seguridad Social cuyo plazo reglamentario de ingreso tenga lugar entre los meses de abril y junio de 2020, siendo de aplicación un interés del 0,5%.

ENLACE: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7/f61fa2d3-53df-4fcb-8e6b-9f671fd998a9/e504daa1-8850-4aca-8b6f-0644f1d7e561

Permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales

Listado completo de actividades esenciales. Modelo de declaración responsable a emitir para los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable recogido en el Real Decreto-ley 10/2020. 

Ampliación de la protección por desempleo de las personas afectadas por ERTE

Prestación por contributiva con independencia del periodo de cotización previo; y Contador a cero: La prestación por desempleo disfrutada durante los ERTE basados en causas relacionadas con el Covid-19. 

ENLACE: https://extremaduraempresarial.juntaex.es/web/guest/noticias?idContenido=11475601&redirect=/noticias

Prestación extraordinaria por cese actividad autónomos

ENLACE: https://extremaduraempresarial.juntaex.es/web/guest/noticias?idContenido=11474201&redirect=/noticias 

Medidas de promoción de trabajo a distancia

programa de financiación del material correspondiente, mediante ayudas y créditos para PYMEs

ENLACE: https://acelerapyme.gob.es

Beneficios del desempleo para personas contratadas a tiempo parcial y fijas-discontinuas

Recuperarán las prestaciones que perciban durante el periodo de inactividad consecuencia del Covid-19, diferencia respecto del efectivamente trabajado el año anterior en esta fecha; si es el primer año, se estará a los periodos de actividad de otros trabajadores comparables en la empresa.

ENLACE: guía para la actuación en el ámbito laboral en relación al coronavirus.  http://www.mitramiss.gob.es/ficheros/ministerio/inicio_destacados/Gua_Definitiva.pdf

Medidas extraordinarias en materia de cotización en relación con los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada por fuerza mayor relacionados con el COVID-19

La Tesorería de Seg Soc exonerará a empresa solicitante del abono de la aportación empresarial prevista en el artículo 273.2 de la LGSS, y cuotas por conceptos de recaudación conjunta, en un: 100% si, a 29 de febrero de 2020, tuviera – 50 trabajadores en situación de alta en Seg Soc; un 75% cuando en la referida fecha tuviera 50 o más trabajadores en alta. más info 

Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística

Los autónomos con trabajadores fijos-discontinuos, dedicados a actividades dentro de sectores de turismo, comercio y hostelería, siempre que estén vinculados a dichos sectores,  generen actividad productiva comprendida entre febrero y junio y mantengan el alta de dichos trabajadores en la modalidad de fijos discontinuos, podrán acogerse a la medida de bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seg Soc por contingencias comunes, por desempleo, Fogasa y formación profesional. Más info

Renta Extremeña Garantizada

A través de servicios sociales de base de ayuntamientos o mancomunidad. Para quien carezcan de los recursos necesarios para cubrir sus necesidades básicas y se encuentren en un estado de dificultad personal o social para su inserción en el mercado laboral y su integración social. Cuantía mensual 2020: 548,60 € ampliable según miembros unidad familiar. Duración 12 meses ampliable.  (Ver requisitos)

ENLACE:  https://ciudadano.gobex.es/buscador-de-tramites/-/tramite/ficha/5369 

Pensiones no contributivas (p.n.c.)

Beneficiarios: que cumplan los requisitos de pensión no contributiva:

  • Invalidez no Contributiva: entre 18 y 65 años. Residir legalmente en España durante 5 años anteriores. Tener discapacidad o enfermedad crónica mayor o igual al 65%. Carecer de rentas o ingresos suficientes.
  • Jubilación no Contributiva: +65 años. Residir legalmente en España durante 10 años entre los 16 y el devengo de la pensión, y dos consecutivos y anteriores. Carecer de rentas o ingresos suficientes.

ENLACE: http://www.juntaex.es/ddgg005/pensiones-no-contributivas–p-n-c—

Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género con carencia de recursos y especiales dificultades de empleabilidad

ENLACE: http://www.juntaex.es/ddgg005/ayudas-economicas-a-mujeres-victimas-de-violencia-de-genero-con-carencia-de-recursos-y-especiales-dificultades-de-empleabilidad-

Ayudas para garantizar los suministros minimos vitales en vivienda habitual

Beneficiarios: +18 (o menor si: huérfano/a absoluto/a o emancipado/a con inscripción en registro civil). Empadronamiento y residencia legal y efectiva en Extremadura mínimo 6 meses anteriores a la solicitud. Carecer de rentas o ingresos suficientes (ver cuantia y gastos subvencionables). Compatible con otras ayudas de la misma naturaleza

ENLACE: http://www.juntaex.es/ddgg005/ayudas-para-garantizar-el-acceso-a-los-suministros-minimos-vitales-de-la-vivienda-habitual

Ayudas al mantenimiento del empleo por cuenta propia de personas autónomas

  • Beneficiarios Autónomos/as: 2 meses desde 12 mayo
  • Línea I obligados al cese de actividad por Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo o reducción de ingresos superior al 75%. (800€).
  • Línea 2 Ayudas al mantenimiento del autoempleo facturación en periodo estado de alarma reducido entre el 40% y 75% (300€)

ENLACE: http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/programa_1_ayudas_mantenimiento_empleo_personas_autonomas

Ayudas para la reactivación y mantenimiento del empleo de las personas asalariadas a cargo de personas trabajadoras autónomas o microempresas incluidas en un ERTE

Beneficiarios: Autónomos/as con rendimiento neto de la actividad por debajo de 55.000 € y microempresas con base imponible por debajo de 40.000 € en el Impuesto sobre Sociedades por cada trabajadores afectados por ERTE (950 € jornada completa). 2 meses desde 11 mayo

ENLACE: http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/programa_2_reactivacion_mantenimiento_trabajadores_microempresas

Ayudas para el relanzamiento de autoempleo de personas que han causado baja en Autónomos, para inicio de la misma o distinta actividad en el mismo régimen

Beneficiarios Autónomos/as con baja en RETA posterior al inicio Estado de Alarma y que posteriormente inicien una actividad, mediante afiliación y alta en el mismo régimen. 7.500€. 6 meses desde nueva fecha alta RETA.

ENLACE:

http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_autoempleo_nueva_actividad

Ayudas urgentes destinadas a microempresas y autónomos para contratación temporal de trabajadores afectados por la finalización de sus contratos durante la vigencia del estado de alarma

Beneficiarios: Microempresas (-10 trabajadoras y facturación anual inferior a 2M€), autónomos, profesionales colegiados, comunidades de bienes,  sociedades civiles y uniones temporales de empresas. Contratación de desempleados. 1.254€ mes durante 6 meses por cada contratación a jornada completa. Desde 11 de mayo hasta 2 meses después de la contratación

ENLACE:  http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_microempresas_autonomos

Ayudas urgentes para el mantenimiento de la plantilla de trabajadores con discapacidad en los centros especiales de empleo tras finalización del estado de Alarma

Beneficiario: Centros Especiales de Empleo de Extremadura para mantenimiento de la plantilla de personas trabajadoras con discapacidad. 300€/mes durante 6 meses 

ENLACE:  http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_mantenimiento_plantilla_cee

Ayudas urgentes a trabajadores por cuenta ajena afectadas por ERTE por motivo de la paralización de la actividad económica

Beneficiarios: Trabajadoras afectadas por un ERTE que suspende contrato o reduce su jornada laboral y tengan reconocido por el SEXPE derecho a percibir prestación contributiva por desempleo. Cuantía la diferencia entre la prestación contributiva por desempleo y SMI mensual vigente.

ENLACE:  http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/ayudas_programa_6_afectados_ertes

Ayudas urgentes para mantenimiento del empleo en ámbito agrario tras finalización del estado de alarma en Extremadura

Beneficiarios: Corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca. Comunidades de Regantes para contratación de técnico y personal de campo especializado y administrativo.

ENLACE:  http://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas/mantenimiento_empleo_agrario

Medidas urgentes para favorecer la contratación temporal de trabajadores en el sector agrario

Para asegurar la mano de obra mientras dure la limitación de movilidad del Estado de Alarma. Empleador debe comunicar necesidad de empleo a SEXPE. De forma excepcional hasta el 30 de junio.

Ingresos compatibles con subsidios, prestaciones y ayudas, y ceses de actividad de autónomos.

No para Afectados por ERTE relacionados con COVID-19 ni autónomos con actividad afectada por COVID-19 que reciben prestaciones en condiciones extraordinarias.

Trabajadores deben comunicar su disposición a su centro de empleo por teléfono o email.

ENLACE: http://extremaduratrabaja.juntaex.es/descargar.php?modulo=documentos&file=1900

https://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/medidas-flexibilizacion-empleo-agrario.html

Microcréditos Circulante COVID-19 de la Junta de Extremadura para autónomos y pymes

Para la necesidad de circulante generada por Covid-19. Sin garantías adicionales, importe máx 25.000€; tipo de interés fijo: 1,5%. (Comisión apertura: 0,70%). La duración de la operación es de hasta 60 meses, pudiendo incluir el periodo de carencia, que será máx 12 meses. Plazo de formalización de operaciones: 31-12-20.

ENLACE: https://extremaduraempresarial.juntaex.es/web/guest/noticias?idContenido=11493701&redirect=/noticias

Línea de Avales para garantizar la liquidez de autónomos y Pymes

Para autónomos, pymes y empresas de todos los sectores de actividad afectados por COVID‐19,́ gestionada Instituto de Crédito Oficial, en colaboración con las entidades financieras. Para nuevos préstamos o renovaciones concedidos para: Pagos de salarios, Facturas, Necesidad de circulante, y otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.

ENLACE: https://www.ico.es/web/ico/notas-de-prensa/-/blogs/el-gobierno-pone-en-marcha-la-linea-de-avales-para-garantizar-la-liquidez-de-autonomos-y-empresas?_33_redirect=https://www.ico.es/web/ico/notas-de-prensa?p_p_id=33&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&p_p_col_id=column-2&p_p_col_pos=1&p_p_col_count=2  

ICO Empresas y Emprendedores. Financiación para autónomos, emprendedores y todo tipo de empresas

Hasta 12,5M€, en una o varias operaciones. Conceptos: Actividades  empresariales y/o inversión y necesidades de liquidez dentro del territorio nacional. Proyectos de digitalización (fomento del teletrabajo Acelera Pyme. Rehabilitación de viviendas y edificios) Modalidad: préstamo, leasing, renting o  línea de crédito. Tipo de interés: fijo o variable, más el margen establecido por la entidad de crédito según amortización. Plazo de amortización y carencia: De 1 a 20 años con la posibilidad de  hasta 3 años de carencia de principal en función de los plazos.

ENLACE: https://www.ico.es/web/ico/ico-empresas-y-emprendedores

ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook

Autónomos y empresas  con domicilio social en España que formalicen operaciones Línea ICO Empresas y Emprendedores, actividad dentro la relación de CNAE publicada. Conceptos: Necesidades de liquidez financiables a través de la Línea Empresas y Emprendedores. Proyectos de digitalización y destinados a fomentar teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme.  Modalidad: préstamo. Tipo de interés: fijo, hasta el 1,5% (TAE máxima incluida comisiones).  Plazo de amortización y carencia: De 1 a 4 años con 1 año de carencia de principal.

ENLACE: https://www.ico.es/web/ico/ico-sector-turistico-y-actividades-conexas-

Línea Directa de Expansión (LIC A) del CDTI

Ayuda parcialmente reembolsable, que tiene por objeto potenciar la innovación, mejorando las capacidades de empresas que propongan planes de inversión que faciliten su crecimiento. Concretamente: ayudas a la inversión inicial y a la inversión inicial en favor de una nueva actividad económica para potenciar el crecimiento de empresas innovadoras

ENLACE: http://www.cdti.es/index.asp?MP=100&MS=878&MN=2

Medidas extraordinarias para apoyar el mantenimiento de las pymes y los emprendedores

Modificando temporalmente el contenido de todos los convenios vigentes desde el 2011 hasta 2019, en aras a flexibilizar la devolución de los préstamos participativos.

ENLACE: http://plataformapyme.es/es-es/Documents/INSTRUCCION-SGIPYME-ENISA.pdf  

Apoyo a la internacionalización

Devolución de las cantidades abonadas por las empresas que han sufrido, por causa de fuerza mayor, cancelaciones de eventos orientados a la internacionalización.

ENLACE: https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/01/pdfs/BOE-A-2020-4208.pdf

Liquidez y viabilidad de empresas turísticas

Se suspende -durante un año y sin penalización – el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a los préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo en el marco del Programa Emprendetur I+D+i, del Programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores y el Programa Emprendetur Internacionalización

 ENLACE https://www.boe.es/boe/dias/2020/04/01/pdfs/BOE-A-2020-4208.pdf

Moratoria hipotecaria

Se clarifican aspectos relacionados con la moratoria hipotecaria regulada en el RDL8/2020, el beneficiario pase a estar en desempleo o, empresario o profesional, sufra una pérdida de ingresos o una caída en facturación de al menos un 40%. Plazo de suspensión de 1 a 3 meses; se adapta la acreditación de vulnerabilidad a la situación derivada del estado de alarma, siendo suficiente con una declaración responsable del beneficiario sobre su situación; y se clarifica que las cuotas suspendidas no se abonan al finalizar la suspensión, sino que todos los pagos restantes se posponen por idéntico periodo. 

ENLACE: Artículo 16 del Real Decreto-ley 11/2020

Apoyo en suministros básicos, se amplía el colectivo de potenciales perceptores del bono social eléctrico

Podrán acogerse de forma excepcional personas afectadas por medidas de regulación de empleo, en el caso de autónomos, haber cesado su actividad o visto reducidos sus ingresos en más de un 75%.  04.04.2020 Modificación del modelo de solicitud del Bono social para trabajadores autónomos afectados COVID-19.

Modificado el modelo de solicitud: https://www.boe.es/eli/es/o/2020/04/03/ted320 

Flexibilización para autónomos y empresas del pago de suministros básicos como luz, agua o gas

Medidas para autónomos y empresas afectados por COVID-19 puedan flexibilizar el pago de suministros básicos: la luz, el agua o el gas, llegando incluso a la posibilidad de suspender su pago. Las cantidades adeudadas se abonarán como máximo en los 6 meses siguientes a la finalización del estado de alarma. 

ENLACE: Sección 2.º Flexibilización en materia de suministros para PYMEs y autónomos del Real Decreto-ley 11/2020.

Moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social

6 meses, sin interés, a empresas y trabajadores por cuenta propia incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social. Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo

Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social

Siempre que no tuvieran otro aplazamiento en vigor. Artículo 35, Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo. Más info

Aplazamiento de deudas tributarias para empresas

Pymes y autónomos podrán aplazar el pago de impuestos (retenciones IRPF, cuotas repercutidas del IVA y pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades). Por un plazo de 6 meses, y no se devengarán intereses de demora durante los 3 primeros. Se podrán aplazar todas las deudas cuyo plazo de declaración e ingreso se encuentre comprendido entre el 13 de marzo de 2020, y el 30 de mayo de 2020, ambos incluidos. No se interrumpen los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias. Instrucciones para la presentación de aplazamientos AEAT. Más info 

Suspensión de plazos procesales y administrativos

Para los términos y plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales. Suspensión de plazos administrativos  se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo. Suspensión de plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos. Más info 

Interrupción del plazo para la devolución de productos

Autónomo o empresario deberás tener presente esta medida, pues no podrás denegar la devolución de productos afectados por esta medida alegando que ha finalizado el plazo de devolución establecido por tu empresa y que consta en el ticket de compra o factura. Más info