La Confederación publica nuevas normas de navegación en el Guadiana
La Confederación Hidrográfica del Guadiana publica esta mañana en el BOE la resolución sobre limitaciones y condiciones al ejercicio de la navegación deportiva o de recreo en aguas de la cuenca del río.
CONSULTA LA RESOLUCIÓN COMPLETA
Según el Ministerio de Transición Ecológica, con esta actualización de la norma, se regula la actividad deportiva y de ocio, pero también los trabajos técnicos y de investigación, emergencias o prácticas de los equipos de salvamento y fuerzas y cuerpos de seguridad, entre otros.
Además, se introducen novedades como el establecimiento de modelos de declaración responsable diferenciados, adecuación de la normativa vigente sobre utilización de motos náuticas, balizamiento obligatorio en las zonas de baño o regulación más detallada de ciertos usos especiales para navegación. También otras como la inclusión de documentación gráfica sobre zonas navegables, referencia a las cartas náuticas de navegación tramo internacional Guadiana y actualización del protocolo de desinfección.
Pero entre las novedades que más afectan a entornos como Orellana, está la introducida en la práctica del esquí acuático y cualquier tipo de arrastre desde embarcación o moto náutica, que quedará sometida a una autorización administrativa.
La Confederación Hidrográfica del Guadiana establece 2 tipos de declaraciones responsables para la navegación, una para uso particular y otra para Eventos, Servicios Públicos de Alquiler y el resto. Unas declaraciones responsables que tendrán un periodo de vigencia máximo de un año y tendrán que presentarse, como mínimo, con 15 días de antelación.
En cuanto a las motos náuticas, salvo autorización expresa de la Confederación, la velocidad máxima de estas embarcaciones es la misma que para el resto.
Además, se publican las zonas donde está permitida la navegación. En el embalse de Orellana, se restringe la navegación entre el pie de presa de García de Sola y el arroyo de Las Valsecas, a poco más de un kilómetro, aguas arriba, del puente que une Talarrubias y Casas de Don Pedro. El resto de zonas son navegables, excepto las acotadas para el baño. En total son casi 25 kilómetros en línea recta, de los 35 de largo que tiene el embalse.
Por otro lado, es obligatoria la previa limpieza de todas las embarcaciones que vengan de otra cuenca hidrográfica.
Además, se limitan los motores a 240 CV como máximo y se actualiza el precio del canon a pagar. Los que más pagan, 500 euros anuales, son los dueños de embarcaciones de entre 150 y 240 CV de potencia. Los que menos, son las embarcaciones de Pedales y remo, que tendrán un canon de 30,55 euros.
Se puede conocer la norma al completo en el BOE de este 20 de agosto de 2020.