La mascarilla no será necesaria en la playa si hay distancia asegurada
El Consejo Interterritorial de Salud acordaba ayer por la tarde que la mascarilla solo será obligatoria en la playa para pasear y si no hay distancia de seguridad entre las personas.
De esta forma, el Gobierno Central y los Autonómicos reforman la ley para permitir quitarse la mascarilla para tomar el sol o practicar algún tipo de deporte acuático, aunque será necesario llevarla para pasear por la playa o si se está a menos de 1,5 metros de otras personas no convivientes.
Es la última decisión del Gobierno y las CCAA con respecto a este asunto que podría condicionar el verano en los lugares de costa, como es el caso de Orellana la Vieja.
¿Cuándo NO será obligatorio ponerse la mascarilla?
– Durante el baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
– Durante la práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial.
– Durante los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
– Durante las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
– Durante los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
¿Cuándo SÍ será obligatorio ponerse la mascarilla?
– Durante el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
– Durante el paseo por la orilla y de los demás entornos acuáticos.
– Durante el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas.
– Durante la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.