Las centrales energéticas de Acciona y Endesa en Orellana deberán inscribirse en el nuevo Registro de la Junta

Termosolar de Orellana la Vieja

El Consejo de Gobierno de Extremadura aprobó este pasado martes un decreto por el que se crea el Registro de instalaciones de producción de energía eléctrica de la Comunidad Autónoma, que estará adscrito a la Dirección General con competencias en materia de ordenación y control de la seguridad de la generación de energía eléctrica.

En concreto, en este Registro se inscribirán todas las instalaciones de producción de energía eléctrica de potencia instalada no superior a 50 MW, ubicadas dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo aprovechamiento no afecte a otras comunidades.

Es el caso de la Planta Termosolar y la Central Hidroeléctrica, ambas situadas en Orellana la Vieja. La primera, gestionada por ACCIONA Energía, produce 49,9 MW de potencia, que en un año equivale al consumo eléctrico de unos 33.000 hogares a partir del calor del sol captado por sus más de 166.000 espejos, instalados sobre una superficie similar a la de doscientos campos de fútbol, siendo su producción media anual de 114 GWh.

Por su parte, la Central Hidroeléctrica que gestiona Endesa en las instalaciones de Confederación Hidrográfica del Guadiana, junto a la presa de Orellana, produce aproximadamente unos 25 MW gracias a sus dos grupos. Su producción media anual se sitúa en los 25 GWh.

Así pues, ambas centrales orellanenses deberán inscribirse según el procedimiento estipulado para el registro, establecido en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

El resto de instalaciones deberán seguir el procedimiento que indica el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Cabe recordar que, según la Ley 24/2013, del 26 de diciembre, referente al Sector Eléctrico, se otorga directamente a las Comunidades Autónomas con competencias en la materia, la posibilidad de creación y gestión de sus correspondientes registros territoriales en los que deberán estar inscritas todas las instalaciones ubicadas en el ámbito territorial competente.