La Junta autoriza el control del ganso del Nilo, con fuerte presencia en el Embalse de Orellana

Hoy la Dirección General de Sostenibilidad, publica la autorización para el control cinegético de Ganso del Nilo en cotos de caza de Extremadura.

El ganso del Nilo (Alopochen aegyptiaca) es una especie de ave originario del África subsahariana y que cuenta con una fuerte presencia en áreas medioambientales muy sensibles, como el Embalse de Orellana y Sierra de Pela. Así consta en el mapa de especies exóticas invasoras en Extremadura y su distribución de la Junta de Extremadura.  

Su introducción se ha debido tanto a introducciones accidentales, tras escapes de colecciones ornitológicas, como por la llegada de ejemplares procedentes de otras comunidades autónomas de forma natural.

En Extremadura, se tiene constancia desde 2009 de su reproducción en el medio natural. Actualmente se encuentra distribuida de forma generalizada en masas de agua en las provincias de Cáceres y Badajoz y forma parte desde el 2013 del Catálogo español de especies exóticas invasoras.

Según cita la resolución de la Dirección General de Sostenibilidad, el ganso del Nilo es una especie que causa impactos sobre la biodiversidad, la economía y la salud.

Así, debido a su fuerte territorialidad y agresividad esta especie desplaza a otras especies de aves acuáticas autóctonas presentes en las masas de agua, compitiendo principalmente por las zonas de alimentación, pero también por los lugares de nidificación, debido al inicio de su época de reproducción, en el mes de diciembre.

De esta forma, ocupa nidos de especies como el águila real (Aquila chrysaetos), la cigüeña negra (Ciconia nigra), el águila pescadora (Pandion haliaetus), la cigüeña blanca (Ciconia ciconia), el milano negro (Milvus migrans) y la garza real (Ardea cinerea), entre otras, reduciendo así la disponibilidad de lugares de nidificación a especies protegidas y amenazadas.

Esta especie también genera un impacto económico debido a que “pastorea” sobre terrenos de cultivo, principalmente de cereal.

Tal es su impacto que se ha declarado “plaga agrícola” tanto en su área nativa de origen como en países que ha invadido, como es el caso de Bélgica y Holanda.

Por todo ello, la Junta de Extremadura ha adoptado, como medida preventiva para la conservación de la biodiversidad y la prevención de daños en terrenos agrarios, el control de ganso del Nilo durante la realización de acciones cinegéticas en cotos de caza de Extremadura.

Durante las actuaciones de control, debido a la proximidad de los ejemplares a medios acuáticos, se deberán adoptar las medidas expresadas en el artículo 65 apartado j) de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Aquí se establece que “se prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales protegidos”.

Esta autorización se otorga a los meros efectos de la repercusión medioambiental de las actividades autorizadas, a reserva de otras licencias y autorizaciones necesarias correspondientes a otras entidades y organismos según la legislación vigente.